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¿Pueden multarme si dejo a mi perro en el coche?

La nueva Normativa de Bienestar Animal pretende mantener y conservar la integridad física de todos los animales, ya sean domésticos o silvestres en cautividad. El pasado 29 de septiembre la nueva normativa de protección animal incorpora nuevos cambios encaminados a salvaguardar la seguridad de los animales como seres sintientes, de manera que todas las personas están obligadas a tratar a los animales conforme a su condición. De la misma manera nos preguntamos si en la actualidad me pueden multar por dejar a mi perro en el coche.

Según el Artículo 24 de Obligaciones generales con respecto a los animales de compañía y silvestres presentada por el BOE, responde nuestra pregunta con un rotundo sí. Las fuerzas policiales del estado pueden sancionarnos desde un apercibimiento, hasta una multa económica que puede variar desde los 500 hasta los 10.000 euros. De esta manera, en toda situación en la que “un animal de compañía quede encerrado dentro de un vehículo, expuestos a condiciones térmicas o de cualquier otra índole que puedan poner su vida en peligro” recibirán esta sanción. Asimismo, las temperaturas dentro de un coche pueden llegar a ser críticas, aunque la temperatura ambiente esté en torno a 22 grados o el coche se encuentre estacionado en la sombra, lo que puede poner en peligro el bienestar de los animales en el interior de un coche. Dentro de este mismo artículo, también se aboga por el obligado cumplimiento de “ejercer sobre los animales la adecuada vigilancia y evitar su huida”. De la misma manera, en el Artículo 60 también ampara que “si un animal de compañía se encuentre en un coche estacionado, se adoptarán las medidas correspondientes para que la ventilación y la temperatura sean adecuadas”, todo ello cuando esté mi perro en el coche.

Además, el punto 3 del Artículo 24 deja claro que “la persona responsable de un animal será también responsable de los posibles daños, perjuicios o molestias que, sin mediar provocación o negligencia de un tercero, pudiera ocasionar a personas, otros animales o cosas”, en todo caso en el que esté el perro en el coche sin la supervisión adecuada. 

Por otro lado, el mismo documento del BOE en el Artículo 59 media por asegurar las condiciones adecuadas de animales en el transporte, pues el responsable del animal deberá “garantizar que los animales estén en condiciones de realizar el viaje previsto”, “que se atiendan las necesidades fisiológicas y etnológicas de los animales”, “que el medio de transporte donde viaja el animal esté correctamente ventilad y climatizado a efectos de mantener a los animales dentro de su rango de confort”, “que los medios de transporte cuenten con instalaciones de carga y descarga de los animales que contribuyan al corrector transporte, evitando lesiones y sufrimiento y garantice su seguridad” y “que a los animales se les proporcione agua, alimento y periodos de descanso adecuado a su especie y tamaño”.

Asimismo, en el caso del transporte de animales de compañía, el Artículo 60 “prohíbe el traslado de animales de compañía que no cumplan las condiciones establecidas en el Artículo 59”, “el titular del animal deberá solicitar a la autoridad competente en materia de sanidad animal, el correspondiente certificado de movimiento intracomunitario de animales con destino a otro Estado miembro de la Unión Europea”, “el transporte de animales de compañía deberá realizarse en habitáculos adaptados especialmente para ellos, salvo que el animal viaje en el mismo espacio que su responsable, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa de seguridad vial” y “queda totalmente prohibido el envío de animales vivos por correo, mensajería o similares, exceptuando el transporte de animales realizado por entidades dedicadas al transporte profesional de animales”.

Sanciones posibles

Todas estas posibles infracciones están tipificadas como sanciones leves, graves y muy graves, de manera que vamos a clasificar por cuantía sancionadora de estas multas, ya sea por dejar de forma inadecuada a tu perro en el coche o transportarlo de manera incorrecta:

  • Las sanciones leves: La multa económica por una infracción leve puede alcanzar hasta los 100 euros y, normalmente, no supone pérdida de puntos en el permiso de conducción. Esta sanción se aplicará cuando el conductor no cumpla las obligaciones marcadas por la ley, sin que provoque daños físicos o materiales.
  • Las sanciones graves: Una infracción grave es aquella que supone un riesgo para la seguridad vial según la Ley de Seguridad Vial. La multa económica por una infracción grave es de 200 euros y, además, puede conllevar la pérdida de entre 2 y 4 puntos en el permiso de conducir.
  • Las sanciones muy graves: La multa económica por una infracción muy grave es de 500 euros, salvo que se trate de un exceso de velocidad muy elevado, en cuyo caso la multa puede ser de 600 euros. Además, la infracción muy grave puede conllevar la pérdida de entre 6 y 8 puntos en el permiso de conducir.

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Nacido en Salamanca. Soy periodista y comunicador audiovisual, ligado siempre al mundo del motor y la actualidad deportiva. Desde muy pequeño, mi pasión ha sido todo lo relacionado con las 4 ruedas y esta fascinación es la que me ha llevado a convertirme en comunicador del mundo del motor

Carlos García

Nacido en Salamanca. Soy periodista y comunicador audiovisual, ligado siempre al mundo del motor y la actualidad deportiva. Desde muy pequeño, mi pasión ha sido todo lo relacionado con las 4 ruedas y esta fascinación es la que me ha llevado a convertirme en comunicador del mundo del motor

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